lunes, 27 de enero de 2014

PENA DE MUERTE EN ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.



La Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU en diciembre de 1948, reconoce el derecho de toda persona a la vida. En su artículo 5, establece claramente que “nadie será sometido a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. En opinión de Amnistía Internacional, la pena de muerte viola estos derechos. La comunidad de naciones ha adoptado cuatro tratados internacionales que prevén expresamente la abolición de la pena capital. A lo largo de los años, varios órganos de la ONU han debatido y aprobado medidas encaminadas a apoyar el llamamiento en favor de una abolición mundial de la pena de muerte.

En diciembre de 2007 y 2008, la Asamblea General de la ONU aprobó respectivamente las resoluciones 62/149 y 63/168, en las que se pedía una moratoria del uso de la pena de muerte. Desde entonces, otros organismos regionales o coaliciones de la sociedad civil han aprobado resoluciones y declaraciones en las que piden la suspensión de las ejecuciones como un paso hacia la abolición de la pena de muerte en todo el mundo.

Estas resoluciones no son legalmente vinculantes para los gobiernos, pero constituyen importantes logros para el movimiento abolicionista y suponen un avance incesante hacia la completa desaparición de la pena de muerte en el derecho internacional. 
Las cifras dicen que Estados Unidos es junto a Arabia Saudí, China, Irán y Yemen uno de los países que más personas somete a la máxima pena cada año (en el mundo se ejecutaron legalmente el año pasado 527 personas, según Amnistía Internacional, aunque los datos sobre china son esquivos y podrían superar a los miles).

En  1976 la Corte Suprema Estadounidense decretó la reanudación de la pena capital. luego de un periodo de cuatro años en la cual fue considerada inconstitucional. Desde ese año, las cortes estatales de justicia condenaron a muerte a mil 347 personas. 
En 18 estados de este país no existe la pena de muerte, en otros 29 no se han practicado en los últimos cinco años y 10 la aplican activamente. 
En este país existen mil 427 casos pendientes de aplicarse la sentencia de muerte, de los cuales sólo en sólo en Florida hay 403.

En 2013, el estado de Texas aplicó la pena capital a 16 personas. Ocho de ellos eran afrodescendientes, tres latinos y cinco de raza blanca. 



ESTADOS DONDE SE PRACTICA LA PENA DE MUERTE E.U.A




DIFERENCIA ENTRE REVISTA CIENTÍFICA Y DE DIFUSIÓN.




 La diferencia que existe entre una REVISTA CIENTÍFICA y una REVISTA DE DIFUSIÓN es algo extensa. La primera aborda temas de nuevo descubrimiento vanguardistas relacionados con una amplia investigación que son de gran impacto para el tiempo en el que surgen con un vocabulario meramente técnico y científico de acuerdo a la materia que se aborde, sin en cambio la segunda aborda temas mas generales no tan específicos sin inmiscuirse dentro de la materia de que se habla, el vocabulario es un tanto popular porque pretende informar a la ciudadanía haciendo los temas mas entendibles.  

MEXICANO QUE LIBRA LA PENA DE MUERTE EN EUA.Y CASO TAMAYO



LA MUERTE NO PERDONÓ A RICARDO ALDAPE

Hace poco más de cuatro meses, la casa del mexicano Ricardo Aldape Guerra se llenó de gente que deseaba recibir como a un héroe a quien había evitado en tres ocasiones la muerte por inyección letal en una cárcel de Estados Unidos donde estaba condenado a la máxima sentencia.

Aldape se había convertido en un símbolo de justicia ante los abusos que se comenten en E.U. contra los indocumentados tras pasar casi 15 años en una prisión de Texas por un crimen que, según dictaminó la justicia este año, nunca cometió.
Ayer, su humilde hogar en la ciudad de Monterrey, en el norte de México, se volvió a llenar de personas, pero esta vez para esperar la llegada de su cadáver luego de que sufriera el jueves un accidente automovilístico en el estado de San Luis Potosí.
Nos duró muy poco el gusto de tenerlo con nosotros. Parece que este era su destino , lloraba desconsolada su hermana Elvira Aldape.
Según información de la Policía Federal de Caminos, el joven se trasladaba a alta velocidad desde la capital mexicana a su natal Monterrey, cuando chocó su recién comprado carro deportivo color rojo contra un camión de carga. Según el peritaje, entre las pertenencias del joven fue encontrado un sobre con marihuana.
El joven, que ingresó como ilegal a E.U., fue luego acusado de asesinar a un policía en Houston, Texas, y sentenciado a muerte en 1982.
El ex sentenciado siempre se declaró inocente del cargo. Tras una intensa lucha de su abogado y las autoridades mexicanas, sus padres y la comunidad mexicana-estadounidense fue puesto en libertad el 16 de abril.
Aldape Guerra, durante y después de su cautiverio, inspiró numerosos corridos , libros y documentales. Ya liberado, fue contratado por Televisión Azteca para debutar como actor en una telenovela sobre indocumentados en E. U.
Con la cantidad que recibía como actor, Aldape Guerra deseaba comprarse una casa en Monterrey y casarse en diciembre con su novia.




Publicación
eltiempo.com
Sección
Otros
Fecha de publicación
23 de agosto de 1997
Autor
Reuter

COMENTARIO:
     Sin duda es lamentable que algunos mexicanos tengan que emigrar a otro país con la esperanza de conseguir un mejor estilo de vida. La mayoría de veces no todo sale conforme a lo planeado y suceden cosas que nunca se planearon, y este es el caso del mexicano que perdió 15 años de su vida estando en prisión por un delito que de acuerdo a su testimonio el no había cometido pero ya sea en nuestro país o en un país ajeno existe norma y leyes que se deben de respetar y si se hace caso omiso de ellas te haces acreedor a una pena.


EJECUTAN A MEXICANO SENTENCIADO A PENA DE MUERTE  (CASO TAMAYO)


El mexicano Édgar Tamayo Arias fue ejecutado anoche, mediante una inyección letal, acusado de asesinar a un policía, al final de un juicio en el cual fue violado el debido proceso, en la prisión de Walls —localidad de Hunstville—, Texas.




Personal del Departamento de Justicia de Texas que tuvo contacto con Tamayo reveló que se le vio tranquilo previo a la ejecución y que dijo: “Veinte años han sido mucho, estoy listo”.

La ejecución, programada en principio para las 18:00 hora local, se retrasó por más de tres horas, al prolongarse la revisión por parte de la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos de las apelaciones de últimas hora que interpusieron los abogados de Tamayo. 

El mexicano de 46 años de edad, originario de Miacatlán, Morelos, fue declarado muerto a las 21:32 horas locales, minutos después que se le inyectara la dosis letal de fármacos en la unidad carcelaria Walls, al noroeste de Houston.

Tanto la Corte Federal para el Distrito Oeste de Texas como la Corte de Apelaciones Criminales de Texas rechazaron copiosos pedidos de clemencia, así como los recursos jurídicos de los abogados de Tamayo, sentenciado a muerte por el asesinato de un policía en Houston, en 1994.

Por su parte, la Secretaría de Relaciones Exteriores, lamentó la muerte del connacional al señalar que esta ejecución “viola la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares y contraviene el fallo de la Corte Internacional de Justicia dictado en el Caso Avena (2004)”.

Por medio de un comunicado, la cancillería indicó que el “gobierno de México hace un llamado para que tomen acciones efectivas y evite que se ejecuten otras condenas en desacato del fallo Avena que dañen el régimen de asistencia y protección consular acordado entre los países”.

Recordó que el fallo Avena ordenó a Estados Unidos a revisar y reconsiderar los veredictos de culpabilidad y la pena capital impuesta a Edgar Tamayo, así como a otros 50 connacionales, cuyo derecho a la notificación y asistencia consular fue violado por las autoridades de Texas al momento de su detención.

Agregó que “desde que tuvo conocimiento del caso del señor Tamayo, la SRE desplegó una serie de acciones hasta agotar todas las instancias a su alcance, tanto internas como internacionales, con el fin de obtener la revisión y reconsideración del caso por parte de las autoridades judiciales texanas, a la luz de la falta de notificación consular”, sin embargo y a pesar de una apelación de último minuto, todos los esfuerzos fracasaron.

Por ello, “la SRE reitera que la importancia fundamental de este caso es el respeto al derecho de acceso a la protección que brindan nuestros consulados a los mexicanos en el exterior”.




FUENTE:  Crónica.com.mx

COMENTARIO:

        Sin duda como algunos doctrinarios lo consideran, "la pena es un mal necesario" y sin este mal habría un descontrol total de la población pero cada Nación cuenta con un ordenamiento jurídico diferente. Aquí en México no están permitidas las penas de muerte y esto lo respalda el articulo 22 de nuestra constitución  por lo que si el mexicano Edgar Tamayo hubiese estado recluido en México no tendría porque ser ejecutado, Lamentablemente el acudió al país vecino en busca de nuevas oportunidades pero por un descuido o por azares del destino fue detenido por asesinar a un policía lamentablemente en el estado que se encotraba esta permitida la pena de muerte y esa fue la cual le fue interpuesta por haber cometido el delito y se concreto hace unos días después de haber pasado 20 años de prisión.
          Hubo varias autoridades y particulares que intervinieron para que no se llevara acabo la ejecución debido a las violaciones que se presentaron en el desarrollo del procedimiento pero no tuvieron una respuesta positiva por parte de las autoridades de EUA.
  






DEFINICIÓN DE PENA EN REVISTA CIENTÍFICA

        "La pena o sanción penal como igualmente se le reconoce, es el principal medio o mecanismo de reacción estatal  para que en cumplimiento de lo que todavía suelen denominar algunos ius puniendi, aunque exista un amplio consenso doctrinal en considerarlo  como la función o ejercicio del poder penal del Estado, en una mezcla de  derecho-obligación que clasifica entonces, como una facultad obligatoria  e indelegable, como garantías del orden democráticamente establecido y  de la existencia misma de las sociedades humanas."



Daniel Y. Pérez Legón; La teoría sobre la pena (pena de muerte y privación de la libertad), op. cit; p. 136.




IUS. Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de



Puebla A.C.,
ISSN (Versión impresa): 1870-2147
revista.ius@hotmail.com
Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla A. C.
México.

domingo, 26 de enero de 2014

DEFINICIONES DE PENA




1.- "La pena es el castigo legalmente impuesto por el Estado al delincuente, para conservar el orden jurídico"



CASTELLANOS TENA. Fernando. Lineamientos Elementales del Derecho Penal. Edit. Porrúa. México D.F. 2003.363 p.

2.- "La pena son las sanciones establecidas por las normas del derecho. Pena es la forma mas característica del castigo; la pena es por consiguiente una de las consecuencias jurídicas de la comisión de un hecho delictuoso. "



GARCÍA MÁYNES. Eduardo. Introducción al Estudio del Derecho. Edit. Porrúa. Mexico D.F. 2004. 444p.


3.- "Es un mal que de conformidad con la ley, el Estado impone a quienes con la forma debida son reconocidos como culpables de un delito."



CARRARA FRANCISCO. Programa de Derecho Criminal Parte General. Vol.1. Edit Temis. P 62.



PERSPECTIVA DEL CURSO

Esperamos que el presente curso nos permita desarrollar de manera continua e ininterrumpida las actividades necesarias para abordar en su totalidad la materia de "Ejecución de sentencias" y así poder tener un amplio panorama acerca su finalidad para poder expresar nuestro propio punto de vista acerca del sistema penitenciario en México,  haciendo uso de los conocimientos que a través de nuestra formación como estudiantes de derecho hemos adquirido para poder comprende y aprender los nuevos conceptos que se llegaren a presentar.