domingo, 27 de abril de 2014

CAPITULO XIII


LAS PENAS PECUNIARIAS


Son aquellas que significan una disminución o total entrega del patrimonio del reo, por exigencia de la ley, a causa de la comisión de un delito, en beneficio del estado.
Cuello Calón “pago de una suma de dinero hecho por el culpable al estado en concepto de pena, o en la incautación que este hace de todo o parte del patrimonio del penado”.
La pena pecuniaria consiste básicamente en la protección de intereses privados y se encuentra íntimamente ligada al derecho civil.
Formas de penas pecuniarias:
A.-Confiscación, total o parcial.
La confiscación tiene como propósito la prevención especial, aunque una desventaja es que puede llevar al delincuente a la práctica de nuevos delitos con el objeto de reponer los objetos que le fueron confiscados.
La confiscación total ha desaparecido, pero aún existen varias formas de confiscación parcial, por ejemplo:
·         La confiscación con los instrumentos con los cuales se cometió un delito
·         La incautación de substancias toxicas o prohibidas por las leyes sanitarias.
La confiscación cumple con las funciones de prevención general y prevención especial; también intimida y resta peligrosidad al sujeto, al quitarle los medios para la reiteración en el delito.
Pero también tiene desventajas como:
·         No implica tratamiento.
·         Afecta a otras personas.
·         Y puede causar daño patrimonial.

B.- Reparación del daño.
Obligación del reo de dar a la víctima una cantidad de dinero por el daño que ha sufrido.
El resarcimiento debe ser sanción penal en los casos en que el interés público y la paz social así lo requieran, y buscar alternativas para los demás casos, sin desamparar jamás a la víctima.
La reparación por lo general no es intimidatoria ni ejemplar, no retribuye, en ocasiones se deja a petición del ofendido, además que es un acto de justicia y no una pena.
C.- Multa
La multa es el pago al estado de una determinada cantidad de dinero previamente fijada en un código y como consecuencia de una infracción a la ley.
Actualmente es una de las penas más comunes y aplicadas.
La multa evita todas las desventajas de la prisión como:
·         No es traumatizante para el delincuente.
·         El sujeto no pierde su trabajo.
·         No estigmatiza.
·         La familia no se desintegra.
Por consiguiente se podría considerar que la multa es la pena más reparable.
Pero también tiene diversas desventajas:
·         No hay un tratamiento.
·         No solo perjudica al condenado sino también el patrimonio familiar.

Aun cuando presenta diversas ventajas sobre otras penas, también tiene una desventaja que se podría considerar la más grave y es que existe una gran desigualdad, es decir para un sujeto con ventajas económicas superiores no representa una pena muy severa, pero para sujetos con un escaso patrimonio puede representar una pena intimidatoria.

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